martes, 27 de marzo de 2018

Aclaración Sentencia Granja Porcina Torrejoncillo del Rey

Dada la expectación que tuvo la sentencia contra la granja porcina, Victor Castillejo que fue el perito del Ayuntamiento nos ha escrito un artículo aclaratorio sobre ella.

Antes de nada se debe decir que el agua de Torrejoncillo del Rey actualmente es potable. La
normativa marca el máximo contenido de nitratos para que el agua sea apta para consumo en 50mg por litro y todas las analíticas que efectúa la Consejería de Sanidad dan valores inferiores; la última en enero.

Si no fuera así, se debería comunicar a los vecinos. En julio de 2013 se anunció el estudio de impacto ambiental de una nueva granja de cebo por la empresa Hermanos Matas de Huerta, S.L. con 7.200 cerdos. Es la que está construida junto a la carretera de Huerta en el alto justo antes de la bajada a Huerta. Esta granja se uniría a las otras tres que ya tiene: “El Poo”, con 2500 madres, 625 cerdas de reposición, 20 verracos y 6.250 lechones. Y otras dos de cebo con 7.200 plazas cada una. En total, tres granjas con cerca de 24.000 plazas a las que se uniría ésta de 7.200 cerdos más. Todas ellas son de la máxima capacidad que permite la normativa.



En septiembre de 2013 el ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey presentó alegaciones a este proyecto. Las alegaciones presentadas iban dirigidas a la posible afección en el reparto del purín sobre las aguas de abastecimiento del municipio, sobre la calidad del aire y las deficiencias del estudio de impacto ambiental que no contemplaba aspectos tan importantes como los efectos conjuntos con el resto de las granjas. Entre otras pruebas, se presentaron las analíticas de las aguas para argumentar que los niveles de nitratos eran cada vez más elevados y planos donde se representaba dónde se vertía el purín y la cercanía de las captaciones. La solicitud de una declaración de impacto ambiental negativa no fue considerada por la Consejería de Agricultura, por lo que el ayuntamiento presentó un recurso de alzada a la autorización ambiental integrada. Esto fue en diciembre de 2014.

Plano completo

El recurso de alzada tampoco fue atendido por la Consejería de Agricultura y el ayuntamiento decidió plantear un recurso al Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha. En el contencioso, el ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey denunció al promotor (Hermanos Matas de Huerta, S.L.) por ser el promotor del proyecto, al ayuntamiento de Huerta por conceder la licencia y a la Junta de Comunidades por haber realizado el procedimiento de autorización ambiental incorrectamente. La prueba pericial se basó principalmente en demostrar que la carga de purín no era asumible por el medio y esto podía ocasionar afecciones importantes sobre el medio ambiente: contaminación las aguas, olores y molestias de moscas sobre la población y, a mayor escala, emisión de gases contaminantes, además de que la demanda de agua podía afectar a los recursos existentes (un cerdo necesita de media 9 litros al día, lo que supone para 30.000 cerdos cerca de 100.000m
3 al año: Torrejoncillo consume unos 40.000m3 anuales). También demostró que el estudio de impacto ambiental carecía de rigor y se limitaba a intentar justificar la normativa.

Después de más de 3 años se dictó sentencia por tres magistrados y el presidente de la sala. Le da totalmente la razón al ayuntamiento de Torrejoncillo. El motivo por el que se declaró improcedente la
autorización fue que la Junta tramitó mal el expediente. Con eso ya la autorización quedó invalidada y no se entró al fondo de la cuestión, pero sí lo hizo uno de los magistrados que en su voto particular, dio por buenos todos los argumentos de la demanda entre los que estaba que la gestión de los purines que está
haciendo el promotor es inadecuada y supone un riesgo para el medio ambiente y que la administración competente no vela por la salud de la población y la protección del medio ambiente. 

De igual forma condena en costas a partes iguales al titular de la granja, al ayuntamiento de Huerta y a la Junta de Comunidades. La sentencia no acredita que el agua está contaminada, sino que la autorización ambiental se dio incorrectamente por parte de Consejería de Agricultura, que el ayuntamiento de Huerta no debió dar la licencia y que la actividad del promotor (Hermanos Matas de Huerta) y especialmente la gestión del purín, provoca niveles de contaminación que no han sido correctamente evaluados. En el caso de las aguas, por los nitratos presentes en el purín.
 
Esto supone que la nueva granja, la de Los Llanos, no puede tener actividad y que Hermanos
Matas de Huerta debe volver a comenzar el trámite de autorización, teniendo en cuenta lo que ya ha
dictado el Tribunal Superior de Justicia y, especialmente, el magistrado que emitió su voto particular.

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